Historia clínica y pacientes
Información al paciente, acceso a la documentación, conservación de historias, entrega de informes y confidencialidad en consulta.
PROTECCIÓN DE DATOS EN FISIOTERAPIA
Presto servicios de protección de datos desde 2003 y cuento con una amplia experiencia en el sector sanitario, así como un método de trabajo propio.
Una clínica necesita algo más que documentos genéricos: su asesor debe conocer sus programas de gestión, la normativa de historial clínico y las demás particularidades jurídicas y organizativas del sector. Por eso, mi trabajo parte de una visita presencial y de una entrevista con el titular, a partir de las cuales elaboro una documentación específica para cada centro.
Estoy certificado como Delegado de Protección de Datos conforme al Esquema de Certificación de la AEPD y le ofrezco un asesoramiento cercano, honesto y continuado, respondiendo también cuando surgen incidencias, reclamaciones o inspecciones. Me comprometo a ello.

La privacidad forma parte
de una buena atención.
Su centro tiene una realidad propia.
Su protección de datos debe responder a ella.
Conocimiento de los programas
que utiliza en su consulta
DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS
Si está obligado a mantener las historias clínicas de sus pacientes, la designación es obligatoria conforme al artículo 34.1.l) de la LOPDGDD.
El DPD le asesora, supervisa el cumplimiento y actúa como punto de contacto con la autoridad de control y con los pacientes. Su designación debe ir acompañada de una intervención efectiva en la actividad del centro.
Consultar el servicio de DPDUNA CONSULTORÍA ADAPTADA A SU ACTIVIDAD
Su centro gestiona datos de salud desde la primera valoración hasta el alta. Revisamos qué ocurre con esa información en el trabajo diario.
Información al paciente, acceso a la documentación, conservación de historias, entrega de informes y confidencialidad en consulta.
Permisos según las funciones de cada persona, compromisos de confidencialidad y relaciones con fisioterapeutas autónomos y otros profesionales.
Revisión de contratos de encargo, accesos y condiciones de los servicios que intervienen en el tratamiento de datos de sus pacientes.
CLINNI · ARCHIVEX · ORGANIZATE
Su programa de gestión forma parte de la protección de datos. La forma en que lo utiliza, también.
La agenda, las valoraciones, la evolución del tratamiento, los documentos adjuntos o los recordatorios requieren una revisión ajustada a las funciones que realmente tiene activadas.
Analizamos las condiciones del proveedor y la configuración de su centro: quién puede entrar, qué puede consultar y qué ocurre con la información si cambia de programa.
Clinni, Archivex y Organizate son denominaciones y, en su caso, marcas registradas de sus respectivos titulares. Se mencionan exclusivamente para identificar herramientas de uso habitual en el sector; no existe colaboración comercial, certificación ni aval de sus proveedores.
Cuentas individuales y permisos acordes con las funciones del personal.
Encargo de tratamiento, subencargados y localización de los datos.
Copias, recuperación, exportación y conservación de la documentación.
Reservas, recordatorios, informes y WhatsApp: cada canal debe revisarse según su finalidad, el contenido que se comunica y las personas que pueden acceder.
ATENCIÓN PERSONAL Y CRITERIO JURÍDICO
La entrevista, la revisión de sus procesos y la visita al centro permiten adaptar el trabajo a lo que realmente ocurre en su consulta. Así puede trasladar las obligaciones legales a instrucciones que su equipo entienda y aplique.
Me cuenta cómo funciona su centro, qué necesita y con qué documentación cuenta.
Analizamos la organización, los sistemas, los proveedores y los tratamientos de datos.
Documentación adaptada, medidas concretas y asesoramiento conforme al servicio contratado.

DUDAS HABITUALES
No. El consentimiento informado para una técnica sanitaria y la información sobre protección de datos cumplen funciones distintas. La asistencia sanitaria puede apoyarse en otras bases jurídicas; las fotografías promocionales o la publicidad requieren un análisis separado.
La Ley 41/2002 establece un mínimo de cinco años desde el alta de cada proceso asistencial. Deben comprobarse los plazos autonómicos y las necesidades de conservación aplicables. No procede borrar automáticamente una historia porque el paciente deje de acudir.
El acceso debe responder a las funciones y a la necesidad asistencial. También hay que determinar el papel de cada profesional: trabajar en las mismas instalaciones no significa que todos tengan la misma responsabilidad sobre los datos.
No. Hay que revisar el contrato, las garantías ofrecidas y el uso real del programa. El centro mantiene sus propias obligaciones como responsable del tratamiento.
RESOLUCIONES DE LA AEPD
Estos ejemplos muestran situaciones reales examinadas por la Agencia. Se han eliminado las referencias identificativas de los responsables y se conserva únicamente lo necesario para explicar el criterio aplicado.
Se remitió por error información de salud a un tercero y la documentación entregada a pacientes todavía citaba la normativa anterior. La AEPD impuso dos apercibimientos por incumplimientos de los artículos 13 y 32 RGPD y ordenó medidas de seguridad.
Un profesional utilizó datos obtenidos en el contexto asistencial para enviar una solicitud de amistad y mensajes por WhatsApp desde su teléfono personal. La resolución aplicó un apercibimiento por vulneración del principio de limitación de la finalidad.
Una carpeta web dejó accesibles currículums recibidos en un proceso de selección. La AEPD apreció un incumplimiento de seguridad y acordó apercibimiento tras la retirada de los documentos y la adopción de medidas correctoras.
Un correo comercial incorporó un archivo con datos de clientes. La resolución impuso una multa de 3.000 euros por vulnerar el deber de secreto de la normativa entonces aplicable.
Una resolución de archivo o un apercibimiento tampoco prueban que una práctica sea correcta. Por ejemplo, el expediente E/00600/2019 se archivó porque constaba una autorización de imagen y no se acreditó el ejercicio previo del derecho de supresión.
HABLEMOS DE SU CENTRO
Cuénteme cómo trabaja, qué programa utiliza y si necesita la adaptación de su centro, una revisión o un servicio de DPD. Con esa información podremos concretar el alcance y el presupuesto.
No incluya historias clínicas ni datos de pacientes en su consulta inicial.